¡Subamos de nivel!
Al haber presentado todos los temas vistos en los post anteriores, es momento de aumentar un poco la complejidad, para eso vamos a hablar de lo que denominamos equivalencia lógica.
Equivalencia lógica
Dos proposiciones son equivalentes cuando tienen las mismas tablas de valores de verdad, ó bien, cuando al componerlas con el bicondicional, da una tautología. Como es el caso del ejemplo de tautología del post anterior, en la proposición compuesta: (p⇒q)⇔(~pvq) el bicondicional dió por resultado una tautología; luego, podemos afirmar que las fórmulas (p⇒q) y (~pvq) son equivalentes. Para denotar esta relación escribimos (p⇒q) º (~pvq). Esta equivalencia recibe el nombre de Definición del Condicional.
Leyes lógicas
La Definición del Condicional es una ley lógica, pero no es la única. Las leyes lógicas son fórmulas cuyos casos de sustitución son siempre proposiciones verdaderas. Las tautologías son las leyes de la lógica proposicional. Algunas tautologías reciben nombres especiales, por ser de uso frecuente. Algunas de ellas son:
¡Excelente! Ya falta poco para terminar. Con toda esta información ya sos capaz de realizar las actividades dieciocho, diecinueve y veinte del Trabajo Práctico que se encuentra en la bibliografía.
¡Nos estamos viendo!
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